El conflicto en torno a la concursada VIcentin sumó novedades este lunes. Tras conocerse que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) solicitó ante la Justicia la nulidad de la venta de Friar, el gobierno santafesino ratificó el pedido de intervención sobre la empresa y la remoción del directorio.
El juez de Reconquista Fabián Lorenzini volvió a convocar esta mañana a los funcionarios del gobierno de la provincia y a los directores de la multinacional.
Luego de la reunión, el secretario de Justicia santafesino, Gabriel Somaglia, confirmó que la provincia insistirá con el pedido de intervención, y que así lo manifestó durante el encuentro.
Para el funcionario las pruebas presentadas por la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ), que exponen irregularidades en la administración de la compañía, son suficientes para que avance la intervención.
Por su parte, desde el directorio insisten con rechazar ese pedido y mantener la postura de que son quienes deben continuar al frente de la firma.
Ante este escenario, el Juez de Reconquista Fabián Lorenzini, a cargo del concurso de acreedores de la agroexportadora en default, deberá definir el futuro de la negociación.
Previo a lo ocurrido este lunes, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) reclamaron ante la Justicia la nulidad de la venta del frigorífico Friar. La operación se produjo la semana pasada cuando El grupo inversor Vicentin Family Group vendió las acciones que tenía de la planta, ubicada en Reconquista, al fondo Buenos Aires Finantial Capital (Baf Capital), que a su vez es uno de los principales acreedores de Sancor.
“Es claro que Friar SA es una sociedad controlada por la concursada, cuyos activos se confunden de manera inescindible en una sola masa de bienes con los de la controlante, Vicentin SAIC”, planteó el escrito emitido por la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont.
La Afip se presentó el viernes ante el juzgado comercial de Reconquista para denunciar una supuesta maniobra de transferencia de activos con la finalidad de eludir los compromisos del beneficiario final.
“En el caso aquí analizado, los vínculos de las sociedades involucradas resultan cuanto menos promiscuos, y es esa promiscuidad la que afecta gravemente los derechos de la Afip, en tanto bajo la apariencia de figuras societarias legalmente constituidas y mediante la interposición de ellas se oculta la verdadera titularidad de los activos, en cabeza de la concursada, y se habilita la disponibilidad de los mismos sin autorización judicial pero, asimismo, también sin control de su operación y de su resultado”, indicaron desde la entidad mediante un escrito.